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samuel luiz

23/05/2025@13:18:41

La Federación Estatal LGTBI+ celebra la decisión del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que ha ratificado que el asesinato de Samuel Luiz fue un crimen de odio motivado por LGTBIfobia. Este veredicto, respaldado por el jurado popular, representa un avance social en la lucha contra la homofobia. Paula Iglesias, presidenta de la FELGTBI+, destacó la importancia del trabajo de ALAS A Coruña como acusación popular y advirtió sobre el aumento alarmante de agresiones hacia la comunidad LGTBI+. La federación hace un llamado a las instituciones para establecer un Pacto de Estado contra los discursos de odio, enfatizando que las personas LGTBI+ no deben vivir con miedo.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha absuelto a Alejandro Míguez, el único condenado como cómplice del asesinato de Samuel Luiz, al no encontrarse pruebas que acrediten su participación en la agresión. La sentencia anterior lo había condenado a diez años de prisión, pero el tribunal concluyó que no hay testigos que lo vinculen directamente con el crimen. A pesar de esta absolución, las condenas para los otros tres implicados se mantienen, sumando casi 65 años de cárcel en total. Este caso ha sido objeto de atención mediática debido a su contexto de violencia y discriminación por orientación sexual. Para más detalles, visita el enlace.

En la madrugada del 3 de julio de 2021, el paseo marítimo de La Coruña se convirtió en escenario de una de las agresiones homófobas más brutales que se recuerdan en la historia de la ciudad e, incluso, de nuestro país.

La magistrada presidenta ha emitido el auto en el que detalla los hechos que deben ser enjuiciados por el tribunal compuesto por nueve ciudadanos/as.

La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por uno de los investigados por el crimen de Samuel Luiz (K.A.S.C.) contra el auto del Juzgado de Instrucción nº8 de A Coruña que el pasado 2 de diciembre decretó el mantenimiento de su ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza.
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En el caso de Diego M.M. entiende que concurre la agravante de discriminación por condición sexual. Catherine S.B. es considerada no culpable, por unanimidad, del delito de asesinato, ni como coautora ni como cómplice. Da por probado que la víctima se encontraba “totalmente indefensa y desvalida debido al elevado número de personas que la agredían y rodeaban".

La Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans, Bisexuales, Intersexuales y más (FELGTBI+) expresa su profunda preocupación y rechazo ante la estrategia de la defensa de los acusados por el asesinato de Samuel Luiz, que intenta desvincular el crimen de su motivación LGTBIfóbica al negar que se trató de un delito de odio basado en su orientación sexual.

Aprecia la agravante de discriminación por condición sexual con respecto a dos de los acusados. Está previsto que el juicio se celebre en la Audiencia Provincial de A Coruña antes del verano.

El tribunal mantiene la medida, acordada tras los hechos por la jueza que dirige la investigación, hasta que se realicen “los actos de instrucción sustanciales”. Los magistrados entienden que es “necesaria” debido a “la gravedad del delito, la pluralidad de implicados y las diligencias de investigación pendientes de práctica”.