El Consejo de Ministros ha dado un paso significativo al aprobar el Anteproyecto de Ley de Gestión Pública e Integridad del Sistema Nacional de Salud (SNS), impulsado por el Ministerio de Sanidad. Esta nueva normativa busca consolidar la gestión pública como la opción preferente en la organización y administración de los servicios sanitarios, estableciendo un marco jurídico que refuerza los principios de universalidad, equidad, transparencia y calidad.
A pesar de que desde su creación el SNS ha priorizado la gestión pública, la proliferación de modelos privados en las últimas décadas ha generado fragmentación y déficits en la transparencia, lo que ha dificultado el control institucional. Este anteproyecto se basa en estudios internacionales, incluyendo un análisis de 38 países miembros de la OCDE, que concluyó que no hay evidencia favorable a la privatización en términos de eficiencia, subrayando que los sistemas públicos utilizan mejor los recursos disponibles.
Resultados negativos de modelos privados
En el contexto español, se ha observado que modelos de gestión indirecta, como el modelo Alzira, han tenido peores resultados en indicadores críticos como hospitalizaciones evitables y mortalidad por infarto o ictus en comparación con hospitales públicos similares. Además, la privatización tiende a asociarse con una reducción del personal, lo que puede afectar negativamente tanto la calidad asistencial como la sostenibilidad del sistema.
El anteproyecto establece principios fundamentales para el SNS: universalidad, accesibilidad, sostenibilidad, calidad, eficiencia, transparencia, equidad, solidaridad, participación y colaboración. Estos principios se aplicarán a todos los centros y servicios del SNS, reforzando así el papel de las administraciones públicas en su gestión.
Criterios para la gestión directa e indirecta
La ley define la gestión directa como aquella realizada por:
- La administración sanitaria competente.
- Entidades del sector público institucional estatal, autonómico o local.
- Consorcios sanitarios, formados entre varias administraciones o entidades públicas.
Por otro lado, la gestión indirecta queda limitada a situaciones excepcionales y solo será permitida si:
- No es posible la prestación directa.
- Asegura sostenibilidad financiera y eficiencia.
- Cumple con requisitos de calidad, continuidad, accesibilidad y asequibilidad del servicio.
Evaluaciones previas obligatorias y eliminación de fórmulas mixtas
El anteproyecto establece un procedimiento obligatorio para evaluar estas situaciones excepcionales. Esto incluye una memoria justificativa elaborada por la administración sanitaria y un análisis realizado por un comité compuesto por expertos del ámbito sanitario. También se requiere la publicación del informe correspondiente en el boletín oficial pertinente.
A su vez, se elimina cualquier fórmula contractual mixta que vincule infraestructura con prestación del servicio. Los consorcios sanitarios tendrán un régimen jurídico específico que incluye su adscripción obligatoria a una administración sanitaria y auditorías anuales obligatorias.
Mecanismos para garantizar buen gobierno y rendición de cuentas
Para fortalecer el control institucional y asegurar una evaluación continua de la gestión sanitaria, se implementarán diversas medidas. Las comunidades autónomas deberán dotar a sus centros con instrumentos adecuados para garantizar una buena gobernanza. Se establecerán indicadores comunes acordados dentro del Consejo Interterritorial del SNS y se exigirá a las administraciones publicar información detallada sobre contratación y resultados sanitarios.
A través del anteproyecto también se contempla elaborar un informe evaluativo sobre las experiencias privadas en el SNS desde 1997 y ofrecer asesoramiento técnico a aquellas administraciones que deseen revertir servicios previamente externalizados. La ley deroga así la Ley 15/1997 y modifica otros artículos relevantes para priorizar entidades sin ánimo de lucro en casos específicos.
Preguntas sobre la noticia
¿Cuál es el objetivo del Anteproyecto de Ley de Gestión Pública e Integridad del Sistema Nacional de Salud?
El objetivo es garantizar la prioridad de la gestión pública en la organización, provisión y administración de los servicios sanitarios, estableciendo un marco jurídico claro que refuerza el carácter universal, equitativo, transparente y de calidad del Sistema Nacional de Salud (SNS).
¿Qué cambios se introducen respecto a la gestión directa e indirecta?
Se consolida la gestión directa como modalidad preferente y se limita la gestión indirecta a situaciones excepcionales, permitiéndola solo cuando no sea posible la prestación directa y se garantice sostenibilidad financiera y eficiencia.
¿Qué evidencia respalda el enfoque hacia la gestión pública?
El anteproyecto se fundamenta en estudios internacionales que concluyen que no hay evidencia favorable hacia la privatización en términos de eficiencia, mostrando que los sistemas públicos hacen un mejor uso de los recursos.
¿Cómo se evaluará la gestión sanitaria indirecta?
Se establece un procedimiento de evaluación previa obligatorio que incluye una memoria justificativa elaborada por la administración sanitaria y análisis por un comité experto. Además, se publicará el informe correspondiente en el boletín oficial.
¿Qué principios fundamentales reconoce el texto del anteproyecto?
Los principios fundamentales son: universalidad, accesibilidad, sostenibilidad, calidad, eficiencia, transparencia, equidad, solidaridad, participación y colaboración.
¿Qué medidas se implementarán para reforzar el control institucional?
Se establecerán indicadores comunes de salud y calidad, las administraciones deberán publicar información detallada sobre contratación y resultados de salud, y se prevé la externalización de auditorías con garantías contra conflictos de interés.
¿Qué sucederá con los contratos existentes bajo la normativa anterior?
Los conciertos y contratos existentes seguirán vigentes hasta su vencimiento, aplicándose la nueva normativa a los procedimientos futuros.