El Consejo de Ministros ha dado un paso significativo en su reunión más reciente al aprobar, a instancias del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, un Real Decreto que establece coeficientes reductores de la edad de jubilación para los bomberos forestales. Esta medida busca mejorar las condiciones de jubilación de este grupo profesional, cuyo trabajo se caracteriza por ser excepcionalmente penoso, tóxico y peligroso.
La decisión se enmarca dentro de la Ley de Bomberos Forestales, ratificada por las Cortes Generales en 2024, que tiene como objetivo regular y homogeneizar las funciones y condiciones laborales de estos trabajadores a nivel nacional. La tramitación del proyecto comenzó en abril, antes de una ola devastadora de incendios que afectó al país durante el verano, y culmina ahora tras recibir el visto bueno del Consejo de Estado.
Reconocimiento a la labor del colectivo
La ministra Elma Saiz destacó que los trágicos eventos del pasado verano han puesto de manifiesto la necesidad de un sistema público robusto que proteja a quienes arriesgan sus vidas en situaciones extremas. “Con esta medida saldamos una deuda con los bomberos forestales, equiparando sus condiciones de jubilación a las del resto de bomberos, quienes ya contaban con estos coeficientes desde 2008”, afirmó Saiz.
Coeficientes reductores
A partir de la entrada en vigor del nuevo decreto, los bomberos forestales podrán beneficiarse de un coeficiente reductor del 0,20, siempre que acrediten un mínimo de 15 años cotizados en esta profesión. Esto significa que aquellos que cumplan con este requisito podrán anticipar su jubilación hasta 3 años, lo que les permitirá retirarse tres años antes de alcanzar la edad ordinaria.
Además, existe la posibilidad de adelantar la jubilación hasta 5 años, permitiendo así que un trabajador con derecho a jubilarse a los 65 años pueda hacerlo a los 60. En casos excepcionales, aquellos con 35 años de cotización como bomberos forestales podrán anticipar su jubilación hasta 6 años.
Cálculo y aplicación del coeficiente
El tiempo reducido para la jubilación se contabilizará como tiempo cotizado para calcular el porcentaje aplicable sobre la base reguladora que determina el importe final de la pensión. Para asegurar el equilibrio financiero del sistema público, también se implementará una cotización adicional.
<p“Los incendios forestales han demostrado la dureza y peligrosidad del trabajo realizado por estos profesionales. La aprobación hoy en el Consejo es un reconocimiento necesario a su esfuerzo”, concluyó Saiz.
Asesoramiento para su implementación
Este decreto será aplicable a los bomberos forestales empleados por administraciones públicas y organismos incluidos en el régimen General de la Seguridad Social. Para facilitar su implementación, la Tesorería General ha emitido boletines con instrucciones dirigidas a empresas y administraciones sobre cómo identificar y gestionar este colectivo laboral.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social aplicará automáticamente este coeficiente reductor cuando se solicite una pensión de jubilación. No será necesaria una solicitud específica para el reconocimiento del coeficiente; sin embargo, el trabajador deberá presentar un certificado laboral que valide el periodo trabajado en esta actividad para poder beneficiarse del mismo.
La noticia en cifras
Descripción |
Cifra |
Coeficiente reductor |
0,20 |
Años de cotización mínima |
15 años |
Reducción de edad de jubilación |
3 años |
Anticipación máxima a la jubilación |
5 años (hasta 6 años con 35 años de cotización) |
Preguntas sobre la noticia
¿Qué es el coeficiente reductor de la edad de jubilación para los bomberos forestales?
Es un coeficiente que permite a los bomberos forestales reducir su edad de acceso a la jubilación debido a la naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre de su trabajo.
¿Cuál es el coeficiente específico que se aplicará a los bomberos forestales?
El coeficiente específico reductor será del 0,20, lo que significa que un profesional con un mínimo de 15 años de cotización podrá jubilarse 3 años antes de lo habitual.
¿Cuánto se puede anticipar la jubilación?
Los bomberos forestales podrán anticipar su jubilación hasta un máximo de 5 años respecto a la edad ordinaria. En casos excepcionales, pueden anticipar hasta 6 años si acreditan 35 años de actividad como bombero forestal.
¿Cómo se computará el período reducido en la jubilación?
El tiempo en el que se reduzca la edad de jubilación se computará como cotizado para determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora que sirve para calcular el importe de la pensión.
¿Qué requisitos deben cumplir los trabajadores para beneficiarse del coeficiente reductor?
Los trabajadores deben acreditar un período mínimo de cotización de 15 años como bombero forestal y presentar un certificado de la empresa que valide dicho período.
¿Cómo se aplica este coeficiente reductor?
El coeficiente reductor se aplica automáticamente por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social cuando el interesado solicita su pensión de jubilación, siempre que cumpla con los requisitos establecidos.