Según explica esta institución en nota de prensa, la actividad de recobro de deudas de estas empresas no está regulada en el ordenamiento jurídico español y no se necesita ninguna autorización administrativa para su ejercicio.
Así, aunque asegura que la mayoría de profesionales que se dedican al recobro de créditos impagados utilizan métodos legales, sin embargo existen otros que con sus actuaciones lesionan gravemente los derechos de los deudores, utilizando procedimientos coactivos y humillantes.
En este sentido, recuerda que ya hay diversos tribunales que han reconocido que hay prácticas de recobro que suponen una intromisión ilegítima en el derecho del honor del presunto deudor.