La sentencia declara la inhabilitación de Susana Álvarez Ampuero, Zoilo Pazos Jiménez, y José Maria Ruiz Mateos Jiménez de Tejada para administrar los bienes ajenos durante un período de 10 años así como para representar o administrar a cualquier persona durante el mismo período.
El fallo les condena también a los tres al abono solidario del 100% de la cantidad, que una vez concluida la fase de liquidación de la sociedad, resulta impagada a los acreedores de la masa y concursales, y a la pérdida de cualquier derecho que, como acreedores concursales o contra la masa, pudieran tener frente a la concursada.