El Consejo de Ministros ha dado luz verde a un nuevo real decreto que amplía el ámbito de aplicación de la Ley 3/2024, enfocándose en mejorar la calidad de vida de las personas afectadas por Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) y otras enfermedades con alta complejidad y curso irreversible. Esta normativa establece criterios clínicos y sociales que facilitarán la identificación de los casos elegibles para recibir esta cobertura.
Los criterios definidos son acumulativos e incluyen aspectos como la irreversibilidad del proceso, la falta de respuesta a tratamientos, la necesidad de cuidados complejos y una progresión rápida de la enfermedad. Además, se incorporan criterios operativos para su verificación clínica y social, tales como el uso prolongado de dispositivos de soporte vital, pérdida acelerada de autonomía y hospitalizaciones urgentes no planificadas.
Criterios para el reconocimiento
La implementación de estos criterios tiene como objetivo agilizar los trámites relacionados con la valoración de discapacidad y dependencia. Así se busca cumplir con el mandato legal que exige reducir los tiempos administrativos y evitar que las personas queden desprotegidas en etapas avanzadas de sus enfermedades o procesos complejos.
El decreto también establece un procedimiento accesible para solicitar el reconocimiento, que puede ser iniciado por la persona afectada o su representante legal. La evaluación será llevada a cabo por personal médico encargado del seguimiento del caso, utilizando un cuestionario específico señalado en el real decreto. El plazo máximo para emitir el informe correspondiente será de un mes.
Plazos y listado indicativo
El real decreto determina un plazo máximo de tres meses para resolver sobre el cumplimiento de los criterios establecidos. La resolución tendrá validez en todo el territorio nacional y permitirá acceder a los derechos contemplados en la Ley 3/2024.
En su anexo I, el decreto incluye un listado orientativo de enfermedades que tienen alta probabilidad de cumplir con los criterios definidos. Este listado abarca condiciones como:
- Enfermedades neurodegenerativas distintas a ELA:
- Atrofia muscular progresiva
- Esclerosis lateral primaria
- Encefalopatías espongiformes transmisibles
- Infarto cerebral en la protuberancia que cause síndrome de cautiverio
- Atrofia muscular espinal tipo I (no respondedora a tratamiento)
No obstante, esta relación no limita la evaluación de otros procesos o enfermedades, ya sean neurológicas o no, siempre que exista una sospecha razonable sobre su posible cumplimiento con los criterios operativos. De este modo, se asegura que ninguna persona quede excluida injustamente del ámbito aplicable por no estar su enfermedad expresamente mencionada en el listado.
Preguntas sobre la noticia
¿Qué es el nuevo real decreto aprobado por el Gobierno?
El nuevo real decreto establece los criterios clínicos y sociales para aplicar la Ley 3/2024 a personas con enfermedades o procesos de curso irreversible y alta complejidad en los cuidados.
¿Cuáles son los criterios para reconocer la situación de las personas afectadas?
Los criterios deben ser acumulativos e incluyen la irreversibilidad del proceso, la falta de respuesta terapéutica, la necesidad de cuidados complejos y la progresión rápida de la enfermedad, entre otros.
¿Cómo se llevará a cabo el procedimiento de solicitud y verificación?
El procedimiento puede ser iniciado por la persona afectada o su representante. La evaluación será realizada por personal médico mediante un cuestionario específico, y el plazo máximo para emitir el informe será de un mes.
¿Qué plazo tiene el Gobierno para resolver el reconocimiento de los criterios?
El plazo máximo para la resolución del reconocimiento es de tres meses, y esta resolución tendrá validez en todo el territorio nacional.
¿Qué enfermedades están incluidas en el listado orientativo del decreto?
El anexo I incluye enfermedades como atrofia muscular progresiva, esclerosis lateral primaria, encefalopatías espongiformes transmisibles, infarto cerebral en la protuberancia que cause síndrome de cautiverio, y atrofia muscular espinal tipo I no respondedora a tratamiento.
¿Se pueden evaluar otras enfermedades no incluidas en el listado?
Sí, siempre que se sospeche razonablemente que pueden cumplir los criterios operativos establecidos por el decreto, garantizando así que ninguna persona quede excluida injustamente.