En concreto, la sentencia afirma que la ley es contraria al artículo 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, relativa al derecho a la tutela judicial efectiva, y a la Directiva 93/13 en materia de consumidores, y señala que no suspender el procedimiento hipotecario en caso de demanda ante el juzgado de lo mercantil es contrario al derecho comunitario.
Segundo varapalo
Esta es la segunda ocasión en que el tribunal se pronuncia en contra de la legislación española en materia de desahucios. La primera fue en marzo de 2013, cuando la corte declaró "abusivas" las cláusulas hipotecarias españolas con una sentencia que acuñó el nombre del demandante, Mohamez Aziz.
El fallo del TJUE obligó al Gobierno de Rajoy a modificar la legislación para adaptarla al derecho comunitario, justo en el momento en el que la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) estaba tramitando en el Congreso su Iniciativa Legislativa Popular (ILP) sobre los desahucios, que recabó casi un millón y medio de firmas ciudadanas.
Sin embargo, el PP votó en contra de la ILP y tramitó en solitario su propia reforma de la ley, que ahora vuelve a ser declarada ilegal. "Esta ley no sólo no ha solucionado el problema sino que, además, va a generar un nuevo caos procesal", asegura el abogado de la PAH Rafael Mayoral, quien añade que "se tienen que tomar medidas al respecto como paralizar todos los procedimientos hipotecarios abiertos y la ley tiene que ser reformada porque es inaplicable según el Derecho comunitario y el de los consumidores europeos".