El llamado Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos estuvo en vigor entre el 1 de enero de 2002 y el 1 de enero de 2013, fecha en la que se integró en el impuesto especial sobre los hidrocarburos.
La sentencia puede dar lugar a numerosas demandas de organizaciones de consumidores, profesionales y particulares que resultaron perjudicados allí donde se implantó el llamado "céntimo sanitario", como son Madrid, Cataluña, Castilla-La Mancha, Galicia, Comunidad Valenciana y Asturias.
El TJUE promulga esta sentencia ante una petición de decisión prejudicial presentada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya en el año 2012 ante la demanda presentada por Transportes Jordi Besora, S.L. contra la Generalitat de Catalunya y el Tribunal Económico Administrativo Regional de Cataluña.
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJCat) preguntó al TJUE si el llamado "céntimo sanitario" era compatible con la Directiva sobre los impuestos especiales. En su demanda, la empresa Transportes Jordi Besora reclama la devolución de 45.632,38 euros que abonó por este impuesto entre 2005 y 2008.
El Alto Tribunal europeo anula este impuesto al considerar que carece de la finalidad específica que exige la Directiva europea. Esto es, la finalidad no debe ser exclusivamente presupuestaria, sino tener por objeto, por ejemplo, el garantizar la protección de la salud y del medioambiente.
El TJUE no limita en el tiempo los efectos de su sentencia, al considerar que las autoridades españolas no obraron de buena fe al mantenerlo durante diez años sabiendo que era contrario al Derecho de la Unión.
Tanto el Gobierno como la Generalitat argumentaron ante el TJUE que el céntimo sanitario ha dado lugar a una gran cantidad de litigios, por lo que sostenían que peligraba la financiación de la sanidad pública en las Comunidades Autónomas que implantaron este impuesto si eran obligadas a devolver la recaudación.
No desautoriza al Ejecutivo sino a la Comisión
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ha subrayado que el Gobierno acata la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE contra el céntimo sanitario y ha considerado que esta decisión no supone una desautorización del Ejecutivo, sino de la Comisión Europea al haberse consultado con ella ese impuesto.
"El Tribunal de la UE no está desautorizando al Gobierno español, sino a la Comisión Europa, que en su momento fue la que autorizó al Gobierno y a las comunidades autónomas para implantar ese sistema del céntimo sanitario", ha dicho en una breve comparecencia ante los periodistas en el Congreso.
Un sistema que ha dicho que "hoy ya no existe y ya no se está aplicando" porque se modificó, España lo integró en el Impuesto sobre Hidrocarburos desde el 1 de enero de 2013.
Respecto a las consecuencias de la decisión en término de devolución de lo que se ha cobrado, ha dicho que habrá que evaluarlas, y ha explicado que se trata de algo parecido a lo vivido con la devolución de ayudas europeas en el sector naval.
"La evaluación económica no es posible facilitarla, acabamos de conocer la sentencia, tendremos que ver la amplitud a la que se refiere, y no cabe otra cosa que acatarla porque somos Europa y respondemos a las instituciones europeas", ha subrayado.