La ley andaluza recurrida fue aprobada el pasado 1 de octubre y derogó el decreto ley de Andalucía de abril sobre este mismo asunto y que, en su momento, ya fue objeto de otro recurso de inconstitucionalidad, que también supuso su suspensión cautelar.
El Gobierno considera que la nueva ley reproducía en esencia el contenido del decreto anteriormente recurrido y, por ello, reiteró los motivos expuestos en ese momento para adoptar de nuevo esta decisión.
En concreto, el Ejecutivo central entiende que la ley andaluza es inconstitucional por definir el contenido esencial del derecho de propiedad de la vivienda, algo que es competencia del Estado.