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derecho al honor

La Justicia avala como libertad de expresión calificar a los Testigos de Jehová como "secta destructiva"

21/04/2026@14:22:15

La Audiencia de Madrid ha ratificado que calificar a los Testigos de Jehová como "secta destructiva" no constituye un delito, amparándose en la libertad de expresión. Esta decisión se basa en una sentencia previa que favoreció a la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová, que argumenta que la congregación ejerce un control excesivo sobre sus fieles y oculta abusos. La magistrada subrayó que, aunque algunas afirmaciones pueden ser inexactas o hirientes, prevalece el derecho a expresar críticas. La resolución también destaca la importancia de la libertad de expresión en sociedades democráticas y establece criterios claros entre el derecho al honor y la crítica pública.

La oposición de Móstoles incluido Vox pide la dimisión del alcalde mientras señala a Sánchez como culpable

El alcalde de Móstoles, Manuel Bautista, ha anunciado acciones legales contra quienes hayan "mancillado" su honor tras rechazar categóricamente las acusaciones de acoso sexual y laboral formuladas por una exedil. Bautista considera que estas acusaciones son parte de una "gran mentira" orquestada por el presidente Pedro Sánchez y su gobierno. Durante su intervención en un pleno extraordinario, defendió la presunción de inocencia como un derecho fundamental y criticó la presión mediática sobre casos de acoso. Además, denunció la utilización política de su situación y reafirmó su compromiso con su defensa personal y reputacional. Los partidos de oposición han exigido su dimisión tras las denuncias en su contra.

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El Supremo desestima la demanda del novio de Ayuso contra Montero por calumnias

El Tribunal Supremo ha desestimado la demanda presentada por Alberto González Amador, novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, contra la vicepresidenta María Jesús Montero. González Amador alegó que Montero había vulnerado su derecho al honor al llamarlo "defraudador confeso" y cuestionar el origen de su vivienda. La demanda reclamaba una indemnización de 40.000 euros. El Supremo argumentó que, aunque no se ampara la difamación, en el contexto político se debe favorecer la libertad de expresión cuando los juicios de valor tienen base fáctica.