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La Justicia avala como libertad de expresión calificar a los Testigos de Jehová como "secta destructiva"

(Foto: Testigos de Jehová).
Redacción | Martes 21 de abril de 2026

La Audiencia de Madrid ha ratificado que calificar a los Testigos de Jehová como "secta destructiva" no constituye un delito, amparándose en la libertad de expresión. Esta decisión se basa en una sentencia previa que favoreció a la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová, que argumenta que la congregación ejerce un control excesivo sobre sus fieles y oculta abusos. La magistrada subrayó que, aunque algunas afirmaciones pueden ser inexactas o hirientes, prevalece el derecho a expresar críticas. La resolución también destaca la importancia de la libertad de expresión en sociedades democráticas y establece criterios claros entre el derecho al honor y la crítica pública.



La Audiencia de Madrid ha ratificado una sentencia que establece que calificar a los Testigos de Jehová como "secta" y afirmar que ejercen "un control excesivo sobre la vida de los fieles" no constituye un delito, ya que se encuentra protegido por el derecho a la libertad de expresión, superando así las alegaciones de honor presentadas por la congregación.

Esta decisión proviene de la Sección 29 de la Audiencia Provincial Civil de Madrid, que ha desestimado el recurso interpuesto por los Testigos de Jehová de España contra una resolución anterior del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Torrejón de Ardoz. En diciembre de 2023, este juzgado había fallado a favor de la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová.

Sentencia histórica

Este fallo representa la segunda vez que la audiencia madrileña se pronuncia sobre conflictos legales entre la congregación y sus exmiembros. La primera sentencia abordó una demanda individual, mientras que esta es la primera en responder a expresiones emitidas por la asociación de víctimas, según señala el abogado Carlos Bardavío.

En su dictamen, la magistrada del caso respaldó las críticas formuladas por esta asociación en sus estatutos, página web y redes sociales, donde se describe a los Testigos de Jehová como una "secta destructiva" que controla excesivamente las vidas de sus seguidores y encubre casos de abusos sexuales, además de contribuir a situaciones trágicas.

Libertad de expresión frente al derecho al honor

A pesar de considerar que algunas afirmaciones pueden ser inexactas o exageradas, la jueza determinó que prevalece el derecho a la libertad de expresión y a informar sobre cuestiones relevantes frente al derecho al honor. Este criterio ha sido reafirmado por los magistrados en su reciente resolución, donde descartan cualquier indicio de delito de odio y contextualizan las acciones de la asociación dentro del ámbito del apoyo y reconstrucción familiar.

Los magistrados subrayan que las declaraciones realizadas por la Asociación Española de Víctimas no buscan eliminar la confesión religiosa, sino más bien abogar por lo que consideran "normas más justas". Además, pretenden informar a quienes deseen acercarse a esta fe sobre posibles consecuencias negativas para sus vidas.

El papel crucial del testimonio

La sentencia destaca que calificar a los Testigos de Jehová como "secta destructiva" es un ejercicio legítimo amparado por el derecho a expresar opiniones, incluso si estas pueden resultar incómodas o dolorosas. Según los magistrados, aquellos miembros que han salido del grupo buscan restablecer relaciones afectivas con familiares aún dentro del mismo, sin intención alguna de causar daño.

El abogado Carlos Bardavío resalta el valor del testimonio aportado por aproximadamente setenta personas durante este proceso judicial. Este testimonio fue fundamental para establecer una base probatoria sólida y fue validado por los jueces.

Puntos relevantes y futuros juicios

La trascendencia jurídica e internacional del fallo refuerza el papel esencial de la libertad de expresión en sociedades democráticas y establece criterios claros sobre cómo equilibrar el derecho al honor con las críticas públicas. Actualmente, continúan abiertos varios procesos legales relacionados con denuncias presentadas tanto por los Testigos de Jehová como por quienes se consideran sus víctimas. Se anticipa un juicio para el próximo 12 de mayo en relación con una demanda reciente contra Israel Flórez, expresidente de la asociación mencionada.

Preguntas sobre la noticia

¿Qué ha decidido la Audiencia de Madrid sobre los Testigos de Jehová?

La Audiencia de Madrid ha confirmado que calificar a los Testigos de Jehová como "secta destructiva" no es un delito, ya que se ampara en la libertad de expresión.

¿Cuál fue el argumento principal de la sentencia?

El tribunal argumentó que, aunque algunas expresiones puedan ser inexactas o hirientes, prevalece el derecho a la libertad de expresión frente al derecho al honor que esgrimía la congregación.

¿Qué tipo de críticas se realizaron hacia los Testigos de Jehová?

Las críticas incluyeron afirmaciones sobre el control excesivo que ejercen sobre sus fieles y encubrimiento de casos de abusos sexuales.

¿Qué busca la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová con sus declaraciones?

La asociación busca informar sobre las posibles consecuencias negativas del acercamiento a la confesión religiosa y recuperar vínculos familiares con quienes continúan en ella.

¿Cuántas personas han aportado su testimonio en este proceso judicial?

Aproximadamente setenta personas han aportado su testimonio, lo cual fue considerado esencial para el procedimiento por parte de los magistrados.

¿Qué implicaciones tiene esta sentencia a nivel jurídico e internacional?

La sentencia refuerza el papel de la libertad de expresión como un pilar esencial en las sociedades democráticas y establece criterios claros sobre la ponderación entre el derecho al honor y la crítica pública.

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