El Congreso de los Diputados ha rechazado la solicitud de indemnización por cese presentada por el exdiputado José Luis Ábalos, argumentando que es incompatible con la percepción de la jubilación. La Mesa del Congreso destacó que Ábalos se encontraba suspendido al renunciar a su acta y que la indemnización está diseñada para evitar las dificultades que enfrentan los parlamentarios al regresar a su ocupación anterior. Además, recordaron que ningún diputado suspendido ha recibido esta indemnización en el pasado. Si se hubiera aprobado, Ábalos habría podido recibir aproximadamente 58.000 euros brutos.
El Congreso de los Diputados ha decidido este lunes rechazar la solicitud de indemnización por cese presentada por el exdiputado José Luis Ábalos. Según los letrados, esta petición "no procede" dado que la indemnización por cese es "incompatible con la percepción de cualquier otro ingreso", incluyendo la jubilación.
Ábalos había anunciado en enero su decisión de jubilarse, señalando que no le había quedado otra opción que retirarse y optar por esta alternativa. En este contexto, la Mesa del Congreso ha argumentado que la indemnización por cese busca evitar las dificultades que pueden surgir al regresar a una ocupación previa tras dedicarse a la política, especialmente debido a la falta de cobertura por desempleo para quienes ejercen un mandato parlamentario.
Por tanto, han enfatizado en un comunicado accesible para los medios que ambas retribuciones, tanto la indemnización como la pensión, son incompatibles. "La combinación de ambas resulta contraria a la finalidad expresada por el Reglamento de pensiones parlamentarias", han declarado.
Además, se ha recordado que Ábalos Meco, quien ingresó en prisión preventiva por el caso Koldo en noviembre pasado, "se encontraba suspendido en el momento de renunciar al acta". La Mesa del Congreso ha indicado que ningún miembro de la Cámara que haya sido suspendido anteriormente ha recibido dicha indemnización estipulada en el artículo 12 del reglamento mencionado.
El comunicado añade que "los acuerdos de suspensión adoptados hasta ahora abarcan todos los derechos, prerrogativas y beneficios propios de un diputado", lo cual hace poco razonable interpretar que la pérdida del acta conlleve una recuperación de derechos previamente inexistentes.
A José Luis Ábalos le habría correspondido recibir un mes de salario por cada año como diputado en el Congreso. En su caso particular, esto sumaría 17 meses, lo que implica que podría haber recibido alrededor de 58.000 euros brutos si su solicitud hubiera sido aceptada.
| Descripción | Cifra |
|---|---|
| Años como diputado | 17 |
| Indemnización por mes de sueldo (por año) | 1 mes |
| Total de indemnización potencial en euros | 58,000 euros brutos |
El Congreso rechazó la indemnización porque se considera que es "incompatible con la percepción de cualquier otro ingreso", como es el caso de la jubilación que Ábalos había anunciado previamente.
La Mesa del Congreso argumentó que la indemnización tiene como objetivo evitar las dificultades que puede conllevar el regreso a la ocupación previa de los parlamentarios, especialmente debido a la falta de cobertura por desempleo. Además, subrayaron que ambas retribuciones (indemnización y pensión) son incompatibles.
A Ábalos le habría correspondido un mes de sueldo por cada año como diputado, lo que en su caso sumaría 17 meses, equivalentes a aproximadamente 58.000 euros brutos si se hubiera aceptado su solicitud.
Ábalos se encontraba suspendido en el momento de renunciar al acta, lo cual fue un factor clave en la decisión del Congreso respecto a su indemnización.