Las elecciones en España se reanudarán a finales de 2025 tras un ciclo electoral que abarcó 2023 y 2024. El proceso comienza con las elecciones a la Asamblea de Extremadura el 21 de diciembre, dando paso a la renovación de varios parlamentos autonómicos en 2026. Este artículo ofrece un glosario básico sobre el proceso electoral español, explicando conceptos clave como el censo electoral, las mesas electorales, los interventores y apoderados, así como el escrutinio de votos. Se detallan las diferencias entre votos válidos, nulos y en blanco, así como la estructura de circunscripciones electorales y el sistema electoral vigente. La información es esencial para entender cómo se desarrollan las elecciones y cómo se traduce el voto ciudadano en representación política.
Las urnas en España se preparan para abrir nuevamente sus puertas a finales de 2025, tras un intenso ciclo electoral que abarcó los años 2023 y 2024. Las elecciones a la Asamblea de Extremadura, programadas para el 21 de diciembre, marcarán el inicio de un nuevo periodo electoral que culminará con la renovación de varios parlamentos autonómicos durante 2026.
Las elecciones a las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas son uno de los tipos de procesos electorales que tienen lugar en el país. Aunque estas elecciones están regidas por leyes autonómicas bajo el marco del artículo 42 de la LOREG, comparten una serie de conceptos y términos básicos que son esenciales para su comprensión.
Por ejemplo, es fundamental entender la diferencia entre un voto nulo y un voto en blanco, así como conocer cómo se elabora el censo electoral y qué función desempeñan los interventores y apoderados durante la jornada electoral.
El censo electoral es el registro oficial de las personas con derecho a votar en unas elecciones específicas. Cada elector está asignado a una circunscripción electoral y, dentro de esta, a una mesa electoral, basándose en los datos del Padrón Municipal.
Dicha gestión recae en la Oficina del Censo Electoral, que forma parte del Instituto Nacional de Estadística.
Las mesas electorales actúan como órganos encargados de supervisar la votación y el escrutinio. Están compuestas por una presidencia y dos vocales, quienes pueden recibir asistencia de interventores electorales designados por los partidos políticos.
Estas mesas se sitúan en locales electorales, preferentemente en instalaciones públicas accesibles para personas con discapacidad.
Los interventores y apoderados son los representantes de las candidaturas durante la jornada electoral. El interventor participa en las deliberaciones de la mesa electoral con voz pero sin voto. Tiene la capacidad de presentar reclamaciones o protestas.
A diferencia del interventor, el apoderado puede moverse libremente entre diferentes locales electorales para observar el desarrollo del proceso. Aunque no forma parte activa de las mesas electorales, puede formular quejas y reclamaciones.
La administración electoral tiene como misión garantizar la transparencia, objetividad e igualdad en las elecciones. En España, esta estructura incluye la Junta Electoral Central, Juntas Electorales Autonómicas (si corresponde), Juntas Electorales Provinciales y Juntas Electorales de Zona. Estos órganos operan jerárquicamente y tienen la facultad de revocar decisiones inferiores o unificar criterios interpretativos.
El escrutinio implica el recuento de los votos emitidos en unas elecciones. Se realiza un escrutinio provisional inmediatamente después del cierre de urnas, mientras que el definitivo se lleva a cabo cinco días después. Los resultados oficiales se publican en el Boletín Oficial del Estado.
Luego, las actas de escrutinio documentan los resultados registrados por las mesas electorales. Este documento es firmado por los miembros de la mesa y los interventores presentes e incluye detalles sobre los votos emitidos, válidos, nulos y blancos.
El voto representa el ejercicio del derecho al sufragio activo; es decir, es cómo la ciudadanía expresa sus preferencias durante unas elecciones. En España, este acto es universal, libre e igualitario. Cabe destacar que votar no es obligatorio; también existe la opción de abstenerse.
A continuación se presentan las clasificaciones posibles para los votos emitidos:
- Un voto válido puede ser tanto aquel dirigido a una candidatura como el voto en blanco, que se deposita sin especificar ninguna opción mediante un sobre vacío o una papeleta sin marcar cuando corresponde.
- El voto nulo es aquel cuya papeleta no cumple con los requisitos establecidos por la normativa electoral; esto incluye papeletas introducidas sin sobres o sobres no oficiales. Aunque estos votos no cuentan como válidos, sí influyen en el cálculo total de participación y abstención.
- Desde España: a través de cualquier oficina postal.
- Desde el extranjero: La LOREG garantiza el derecho al sufragio activo para ciudadanos españoles residentes fuera del país. El procedimiento varía según si se trata de residencia permanente o estancia temporal.
Una circunscripción electoral se define como una demarcación territorial asignada a un número específico de escaños cuya distribución depende del volumen total de votos emitidos por los electores censados. En España, estas circunscripciones varían según el tipo de proceso electoral.
El sistema electoral comprende un conjunto integral de normas que regulan cómo se llevan a cabo las elecciones y cómo se traducen los votos en representantes electos. Este sistema combina diversos elementos tales como número y tipo de circunscripciones junto con fórmulas electorales específicas. Dependiendo del diseño elegido pueden surgir efectos variados sobre los resultados: algunos sistemas reflejan más proporcionalmente las preferencias populares mientras otros favorecen opciones mayoritarias perjudicando a minorías menos votadas.
A pesar predominante hacia sistemas proporcionales en España existen excepciones notables como ocurre con el Senado donde prevalece un sistema mayoritario.
Bajo este término se entiende cómo se realiza el cálculo matemático mediante el cual los votos emitidos dentro una circunscripción son convertidos en escaños disponibles. Tal como sucede con sistemas generales también aquí hay fórmulas con efectos tanto mayoritarios como proporcionales. En España predomina el uso del Método D’Hondt , aplicado mayoritariamente salvo excepciones relacionadas al Senado o ciertos comicios locales especiales.
The umbral electoral establece un porcentaje mínimo necesario que debe alcanzar cualquier candidatura para evitar ser excluida durante la atribución finalizada a escanos disponibles.
Su propósito principal radica en prevenir fragmentaciones excesivas dentro representatividad política generalizada.
En territorio español este umbral oscila dependiendo tipo elección siendo fijado al 3% para generales al Congreso mientras asciende hasta 5% municipales; variando entre ambos extremos conforme circunstancias particulares autonómicas lo requieran.
El voto nulo es aquel en el que la papeleta no cumple con los requisitos establecidos por la normativa electoral y, por lo tanto, no se considera válido. Por ejemplo, cuando se introducen papeletas sin sobres o en sobres no oficiales. El voto en blanco, por otro lado, es el que se deposita en la urna sin especificar ninguna opción.
El censo electoral es el registro oficial de las personas con derecho a votar en unas elecciones determinadas. Cada elector está asignado a una circunscripción electoral y a una mesa electoral, basándose en los datos del Padrón Municipal. Este censo está gestionado por la Oficina del Censo Electoral, encuadrada en el Instituto Nacional de Estadística.
Las mesas electorales son órganos designados para supervisar la votación y el escrutinio. Se componen de una presidencia y dos vocales, y pueden ser asistidas por interventores electorales de los partidos. Estas mesas se ubican en locales electorales accesibles para personas con discapacidad.
Los interventores son representantes de las candidaturas durante la jornada electoral que participan en las deliberaciones de las mesas electorales con voz pero sin voto. Los apoderados pueden moverse entre locales electorales y examinar el desarrollo de la votación y el escrutinio, pero no forman parte de las mesas ni participan en sus deliberaciones.
El escrutinio es el recuento de los votos emitidos en unas elecciones. Se realiza un escrutinio provisional justo después del cierre de las urnas, mientras que el definitivo tiene lugar al quinto día tras la votación. Los resultados oficiales son publicados en el Boletín Oficial del Estado.
Los votos emitidos pueden clasificarse como válidos o nulos. Los votos válidos incluyen tanto el voto a una candidatura como el voto en blanco. El voto nulo no cumple con los requisitos establecidos y no se contabiliza como válido.
Una circunscripción electoral es una demarcación territorial a la que le corresponde un número determinado de escaños según los votos emitidos por los electores censados en ese territorio. Varía según el tipo de proceso electoral.
El sistema electoral es un conjunto de reglas que establecen cómo se realizan unas elecciones y cómo los votos se convierten en representantes. En España predominan sistemas con efectos proporcionales, aunque hay excepciones como la del Senado.
La fórmula electoral es el cálculo matemático mediante el cual los votos emitidos en una circunscripción se convierten en escaños. En España, se aplica principalmente el método D'Hondt.
El umbral electoral es el porcentaje mínimo de votos que una candidatura debe obtener para no ser excluida del proceso de atribución de escaños, evitando así la fragmentación excesiva en la representación electoral.