El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha desestimado los recursos de súplica contra la inadmisión de querellas y denuncias dirigidas al presidente de la Generalitat por su gestión durante la Dana. La Sala Civil y Penal del TSJCV reafirmó su decisión anterior, argumentando que los indicios presentados por los recurrentes son insuficientes para justificar una investigación. Aunque no se descarta el posible carácter delictivo de los hechos mencionados, el tribunal concluye que no hay pruebas suficientes para imputar al aforado, lo que impide asumir la competencia especial en este caso.
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha tomado una decisión importante al desestimar dos recursos de súplica relacionados con su auto del 23 de diciembre. Este auto había acordado la inadmisión de las querellas y denuncias presentadas contra el presidente de la Generalitat por su gestión durante la DANA.
En su reciente resolución, el tribunal se alinea con el criterio del Ministerio Fiscal, rechazando las alegaciones de vulneración de derechos que habían presentado los recurrentes. Los magistrados han señalado que los indicios aportados son “insuficientes e infundados” para aplicar las normas de competencia vinculadas a la prerrogativa de aforamiento.
El auto del TSJCV destaca que los datos ofrecidos no pueden considerarse como indicios decisivos. Además, se menciona que cualquier investigación relacionada sería sumamente compleja, dado el número de instituciones y organismos involucrados, así como las diversas personas que participan en la toma de decisiones.
Los magistrados reconocen que no se puede descartar completamente el carácter delictivo de los hechos mencionados en las querellas y denuncias. Sin embargo, subrayan que el archivo de estas acciones legales se justifica por la falta de indicios suficientes para imputar dichos hechos al aforado, lo que limita la competencia especial atribuida legalmente al Tribunal Superior.
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) desestimó dos recursos de súplica contra la inadmisión de las querellas y denuncias presentadas contra el presidente de la Generalitat por su gestión de la Dana.
La Sala Civil y Penal del TSJCV coincidió con el criterio del Ministerio Fiscal, indicando que los indicios aportados por los recurrentes eran insuficientes e infundados para aplicar las normas de competencia asociadas a la prerrogativa de aforamiento.
No se descartó absolutamente el carácter delictivo de todos y cada uno de los hechos mencionados, pero el archivo de las querellas se fundamenta en la ausencia de indicios suficientes para imputar estos hechos a la persona aforada.
La decisión del TSJCV implica que no se llevarán a cabo investigaciones judiciales sobre las querellas presentadas debido a la falta de pruebas suficientes que justifiquen su admisión.